Transparencia Presupuestaria

Información que debe publicarse y actualizarse por lo menos cada treinta días en el sitio web de la Municipalidad, además de remitirse a las comisiones del Congreso de la República.

Decretos 101-97 y 36-2024

El decreto

ARTÍCULO 17 Ter. Informes en Sitios Web y Comisiones de Trabajo del Congreso de la República. Los sujetos obligados a las disposiciones de la presente Ley, con el propósito de brindar a la ciudadanía guatemalteca transparencia en la gestión pública, además de cumplir con la entrega de información y documentación con la periodicidad que establece esta Ley, deberán mostrar y actualizar por lo menos cada treinta (30) días, a través de sus sitios web de acceso libre, abierto y gratuito de datos, y por escrito a las Comisiones de Probidad, de Finanzas Públicas y Moneda y a la Extraordinaria Nacional por la Transparencia, del Congreso de la República de Guatemala, la información y documentación siguiente, sin perjuicio de lo que al respecto establece la Ley de Acceso a la Información Pública.

Fuente: Congreso de la República de Guatemala.

Cómo consultar

  1. Elegí en el listado de la izquierda el apartado que necesitás.
  2. Se abren las carpetas por año, con la más reciente arriba.
  3. Usá Abrir para verlo en pantalla o Descargar para guardarlo.